GIAAT SAS
30 de jul de 20211 min.
Actualizado: 4 de ago de 2021
Todas las personas naturales y las sucesiones ilíquidas están sometidas al impuesto sobre la renta y complementarios.
"La sucesión es ilíquida entre la fecha de la muerte del causante y aquella en la cual se ejecutoríe la sentencia aprobatoria de la partición o se autorice la escritura pública cuando se opte por lo establecido en el decreto extraordinario 902 de 1988." Artículo 7 del Estatuto Tributario.