Estimado cliente, por favor tome nota en sus recordatorios o calendarios y realice las provisiones de dinero necesarias, que este mes se deben pagar los siguientes impuestos así:
* Reporte de ventas exentas según Decreto 551 (hasta el 06 de agosto)
* Retención en la Fuente de Julio (desde el 10 de agosto)
* Rte ICA bimestral Bogotá May-Jun (desde el 17 de agosto)
* Declaración de Renta 2020 Persona Natural (desde el 10 de Agosto)
* NO SE INCLUYEN VENCIMIENTOS DE IMPUESTO MUNICIPALES DIFERENTES A BOGOTÁ. Si existe alguna inquietud, por favor, no dude en comunicarse con nosotros.
FAVOR TENER PRESENTE QUE A PARTIR DEL 1 DE NOV/2020, LOS ÚNICOS DOCUMENTOS QUE PUEDEN RESPALDAR LAS COMPRAS SON FACTURAS ELECTRÓNICAS DE VENTA, DOCUMENTOS EQUIVALENTES PARA COMPRAS A NO OBLIGADOS A FACTURAR Y OTROS ESPECÍFICOS (Peajes, tiquetes de transporte, boletas de ingreso a espectáculos públicos)
Recuerde que los impuestos oportunos es una responsabilidad de TODOS!
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